Luego de ser aprobado en la Cámara de Representantes, llega a la Comisión Séptima del Senado el Proyecto de Ley que tiene como fin declarar la infertilidad como una enfermedad de salud pública y establecer los lineamientos para el desarrollo de la política nacional de prevención y tratamiento.

Los argumentos de dicha iniciativa tienen como base las exhortaciones de los fallos de la Corte Constitucional, sentencias T-528 de 2014, T-274 de 2015 y, T-306 de 2016. Las sentencias se han referido a la situación que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos económicos para pagar los tratamientos. A precios de 2015, un tratamiento in vitro costaba $20.934.785.

En específico la sentencia T-306 de 2016, concluye que la falta de un tratamiento que puede mejorar la salud reproductiva de la accionante, lesiona claramente sus derechos constitucionales. El auto de la Corte también considera que los pacientes tienen derecho al beneficio de la tecnología y avances de la ciencia para paliar y mejorar su estado de salud en las facetas que se encuentren afectadas.

El Proyecto de Ley en su artículo 4º, estipula que una vez establecida la política pública de infertilidad en un término no inferior a un año, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamentará el acceso a los tratamientos de fertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistida con recursos públicos destinados a la salud.

Consejo de Estado

M.P. Paola Andrea Meneses

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