Magistrado Ponente  Gabriel Valbuena Hernández

El Consejo de Estado, mediante providencia del veintitrés (23) de marzo de dos mil diecisiete (2017). Radicado: 11001-03-25-000-2016-00019-00 (0034- 2016) Magistrado Ponente  GabrieL Valbuena Hernández, exhortó al Gobierno Nacional a que cada vez que se vea obligado a decretar el aumento anual del salario mínimo lo haga explicando con suficiencia y precisión cuáles fueron los motivos que lo llevaron a calcular el respectivo incremento. 

La Sección Segunda del alto tribunal declaró nulo el decreto por medio del cual el Ejecutivo fijó el incremento del 7 % para el 2016, aun cuando aclaró que su decisión no afecta los salarios, tributos, multas y demás pagos que fueron efectuados con base en dicha norma. 

Para la corporación, la decisión del Gobierno no contó con la motivación adecuada, pues no explica, como es debido, la incidencia de factores como la inflación, índices de productividad, la contribución de los salarios al ingreso nacional y demás elementos que fueron referentes para el cálculo del aumento. 

La sentencia explica que, por ejemplo, frente al índice de precios al consumidor (IPC) proyectado para el año pasado, el Gobierno se limitó a explicar que la meta de inflación para ese año era del 3 %. En este, como en otros casos, no se explicó la influencia de las cifras y frente a otros aspectos los datos fueron incompletos, dice la Sala. 

Esas falencias en la expedición del acto administrativo llevaron a la Sala a decretar su anulación. Aun cuando el fallo, se repite, no afecta los pagos efectuados con base en la disposición, dado que la providencia tiene efectos únicamente hacia el futuro, se exhortó al Gobierno para que una situación como esta no se vuelva a repetir. 

“(…) La motivación del acto administrativo mediante el cual se fija el salario mínimo deberá explicitar con la mayor claridad y precisión, los fundamentos económicos, sociales, técnicos y financieros que llevan al Gobierno Nacional a fijar el salario mínimo en una cuantía determinada, de tal suerte que los ciudadanos puedan conocer las razones objetivas de su determinación”, explicó la Sala. 

Los consejeros Sandra Lisset Ibarra Vélez, William Hernández Gómez y César Palomino Cortés salvaron el voto frente a esa decisión, proyectada por el despacho del magistrado Gabriel Valbuena Hernández. 

 

Ver providencia:

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