El Acuerdo 816  del 25 de agosto de 2021 , de Rescate Social y Económico, aprobado por el Concejo  de  Bogotá  y sancionado por la alcaldesa  Claudia López , contempla en sus artículos 6 y 7, alivios y beneficios para los deudores de obligaciones tributarias y no tributarias en mora durante el período comprendido entre el 12 de marzo de 2020 y el 27 de agosto del 2021. 

Tenga en cuenta que, para los deudores de obligaciones tributarias, esto es contribuyentes, responsables, agentes retenedores, garantes y deudores solidarios con registro en cartera (título ejecutivo), durante el lapso indicado, podrán acogerse a los alivios y ser exonerados del 100% de los intereses y sanciones causados si pagan la totalidad del capital adeudado a más tardar el 15 de diciembre de 2021. El alivio cobija, de igual manera, a los deudores con facilidad de pago vigente y que presenten mora. 

Si usted presenta deuda por concepto de obligaciones no tributarias como multas, sanciones y otros conceptos de naturaleza no tributaria, a favor de las entidades del sector central, los establecimientos públicos y las alcaldías locales, podrá acceder a un descuento del 60% del capital y el 100% de los intereses, “siempre y cuando cancele el 40% restante del total de la deuda hasta el 15 de diciembre de 2021”.

 De igual forma, el beneficio se extiende a los deudores que tengan facilidad de pago vigente y presenten mora en el lapso mencionado, siempre y cuando cancelen el 40% del saldo pendiente de la deuda a más tardar el 15 de diciembre de 2021. 

Tributarios: Si su obligación en mora corresponde a los impuestos Predial 2020 y 2021, Vehículos 2020, ICA 2020 periodos del 1 al 6 y 2021 periodos 1 y 2, Reteica 2020 periodos del 1 al 6 y Reteica 2021 periodos 1 al 3.

No Tributarios: Si su obligación en mora corresponde a los conceptos de Código de Policía; Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana; Contravención Urbana; Requisitos establecimientos de comercio; Obligaciones generadas en contratos; Costas Procesales y sentencias judiciales; Disciplinarios; Normas Ambientales; Reintegros; Vigilancia proyectos de construcción; Incapacidades y licencias laborales; Comparendo ambiental, y Tasas ambientales.

Recuerde que los alivios aplican para los deudores de los impuestos Predial 2020 y 2021, Vehículos 2020, ICA 2020 periodos del 1 al 6 y 2021 periodos 1 y 2, Reteica 2020 periodos del 1 al 6 y Reteica 2021 periodos 1 al 3.

Consejo de Estado

M.P. Paola Andrea Meneses

Auxiliar de Enfermería se le protegen sus derechos en falllo de la Corte Constitucional

La Corte revocó las decisiones de instancia y amparó los derechos reiterando la importancia de reconocer la necesidad de garantizar Read More
consejero Juan Enrique Bedoya Escobar

Docentes en servicio activo que no estén afiliados al FOMAG le será aplicable la Ley 50 de 1990

La Sala Plena de la Sección Segunda del Consejo de Estado, con ponencia del consejero Juan Enrique Bedoya Escobar, profirió Read More
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4

Corte Constitucional

  • LA EXISTENCIA DE UNA CAUCIÓN PARA ASEGURAR LA RESTITUCIÓN ESPECIAL DEL INMUEBLE ARRENDADO, A FIN DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CAUSALES LEGALES HABILITADAS PARA OBTENER LA DEVOLUCIÓN DEL BIEN, NO ES CONTRARIA AL PRINCIPIO DE LA BUENA FE, NI A LA PR

    Síntesis de los fundamentos En el asunto bajo examen, conforme se planteó al momento de formular el problema jurídico, le correspondió a la Sala Plena de la Corte Constitucional decidir si el inciso 2°, del numeral 8, del artículo 22 de la Ley 820 de 2003, al establecer la obligación de prestar una caución en dinero, bancaria u otorgada por compañía de seguros a favor del arrendatario, para que el

    Read More
  • ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA POR RAZONES DE SALUD ES PROTEGIDA POR LA CORTE

    Una ciudadana presentó demanda de tutela para obtener la protección de sus derechos fundamentales a la seguridad social, salud, trabajo, mínimo vital, igualdad, vida en condiciones dignas, debido proceso y, en consecuencia, a la estabilidad laboral reforzada, presuntamente vulnerados por la Sala de Descongestión N° 3 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia,

    Read More
  • LA EXISTENCIA DE UNA RESOLUCIÓN DE ACUSACIÓN O SU EQUIVALENTE EN CONTRA DEL FUNCIONARIO, COMO UNA INHABILIDAD PARA DESEMPEÑAR EMPLEOS EN LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, POR CONSIDERARLA UNA RESTRICCIÓN DESPROPORCIONADA DEL EJERCICIO DEL DERECHO AL

    Síntesis de los fundamentos En esta providencia la Sala Plena de la Corte Constitucional estudió una demanda de inconstitucionalidad contra la expresión «o hayan sido afectados por resolución de acusación o su equivalente» del numeral 4° del artículo 85 del Decreto Ley 262 de 2000 por vulnerar los derechos fundamentales consagrados en los artículos 13 y 40 de la Constitución Política.

    Read More
  • EL ABORTO ES UN DERECHO DICE LA CORTE

    La Corte Constitucional en decisión de Sala Plena mediante la Sentencia T_158 de 2023 Magistrado Sustanciador Antonio Jose Lizarazo Ocampo decisión.

    Read More
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • 6
  • 7
  • 8
  • 9
  • 10
  • 11
  • 12
  • 13
  • 14
  • 15
  • 16
  • 17
  • 18
  • 19
  • 20
  • 21
  • 22
  • 23
  • 24
  • 25