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La Sentencia C-321 de 2022 (con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar) explica que de la función social de la propiedad se deriva una obligación de cuidado y vigilancia en cabeza los propietarios de vehículos y precisa que el solo hecho de imponer un comparendo no implica la imposición automática de la sanción al propietario, pues, en todo caso, debe adelantarse un proceso en que debe probarse la responsabilidad del propietario.
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El legendario periódico estadounidense, The New York Times, publica un extenso artículo diciendo directamente, sin parpadear que la digitalización actual va dirigida a la masa social más baja; clase media y pobres. La elite empieza a huir del mundo digital.
Consejo de Estado
Los notarios y las entidades bancarias o de financiamiento deben exigir el certificado de Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) con un propósito eminentemente informativo, y no como causal para negar el acceso a servicios y trámites, dice conc

Auxiliar de Enfermería se le protegen sus derechos en falllo de la Corte Constitucional

Docentes en servicio activo que no estén afiliados al FOMAG le será aplicable la Ley 50 de 1990
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Corte Constitucional
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LA EXISTENCIA DE UNA CAUCIÓN PARA ASEGURAR LA RESTITUCIÓN ESPECIAL DEL INMUEBLE ARRENDADO, A FIN DE GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CAUSALES LEGALES HABILITADAS PARA OBTENER LA DEVOLUCIÓN DEL BIEN, NO ES CONTRARIA AL PRINCIPIO DE LA BUENA FE, NI A LA PR
Síntesis de los fundamentos En el asunto bajo examen, conforme se planteó al momento de formular el problema jurídico, le correspondió a la Sala Plena de la Corte Constitucional decidir si el inciso 2°, del numeral 8, del artículo 22 de la Ley 820 de 2003, al establecer la obligación de prestar una caución en dinero, bancaria u otorgada por compañía de seguros a favor del arrendatario, para que el…
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ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA POR RAZONES DE SALUD ES PROTEGIDA POR LA CORTE
Una ciudadana presentó demanda de tutela para obtener la protección de sus derechos fundamentales a la seguridad social, salud, trabajo, mínimo vital, igualdad, vida en condiciones dignas, debido proceso y, en consecuencia, a la estabilidad laboral reforzada, presuntamente vulnerados por la Sala de Descongestión N° 3 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia,
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LA EXISTENCIA DE UNA RESOLUCIÓN DE ACUSACIÓN O SU EQUIVALENTE EN CONTRA DEL FUNCIONARIO, COMO UNA INHABILIDAD PARA DESEMPEÑAR EMPLEOS EN LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, POR CONSIDERARLA UNA RESTRICCIÓN DESPROPORCIONADA DEL EJERCICIO DEL DERECHO AL
Síntesis de los fundamentos En esta providencia la Sala Plena de la Corte Constitucional estudió una demanda de inconstitucionalidad contra la expresión «o hayan sido afectados por resolución de acusación o su equivalente» del numeral 4° del artículo 85 del Decreto Ley 262 de 2000 por vulnerar los derechos fundamentales consagrados en los artículos 13 y 40 de la Constitución Política.
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EL ABORTO ES UN DERECHO DICE LA CORTE
La Corte Constitucional en decisión de Sala Plena mediante la Sentencia T_158 de 2023 Magistrado Sustanciador Antonio Jose Lizarazo Ocampo decisión.
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